Deben asistir comprador y vendedor con sus cédulas de identidad, certificado de anotaciones vigentes (se pide en Registro Civil por la patente o se puede tramitar directamente en notaría con el respectivo cargo) y personería en caso de ser persona jurídica.
En el caso de buses o camiones destinados al transporte de carga, además de los documentos anteriores, se requiere dar aviso de la venta al Servicio de Impuestos Internos, organismo que extiende el Formulario 1816 con el cual el Notario autoriza el contrato.
Al momento de suscribir el contrato de compra venta, las partes deberán pagar:
- El impuesto municipal a la transferencia de vehículos motorizados, que actualmente asciende al 1,5% del precio estipulado o del valor de su tasación fiscal, según lo que sea más alto.
- El valor de la inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, trámite que, por disposición legal realiza el Notario por cuenta del comprador.
- Los honorarios de la Notaria.